Cuando finaliza una relación laboral, uno de los conceptos que más dudas genera es el finiquito. Muchas personas lo confunden con la indemnización o no tienen claro qué debe incluir exactamente. Por eso, en este artículo te explicamos cómo calcular un finiquito por despido en 2026, qué conceptos deben incluirse y cómo comprobar si está correctamente calculado.
Qué es el finiquito
El finiquito es la liquidación de todas las cantidades pendientes entre empresa y trabajador en el momento de finalizar el contrato. Es importante entender que siempre existe finiquito, independientemente de que haya despido, baja voluntaria o fin de contrato.
Además, el finiquito es independiente de la indemnización. Es decir, puedes cobrar finiquito con o sin indemnización.
Qué incluye un finiquito
Para calcular correctamente un finiquito en 2026, hay que tener en cuenta los siguientes conceptos:
1. Salario pendiente
Corresponde a los días trabajados en el mes en curso hasta la fecha de finalización del contrato. Por ejemplo, si trabajas hasta el día 10, tendrás derecho a cobrar esos 10 días.
2. Vacaciones no disfrutadas
Si no has disfrutado todos los días de vacaciones generados, la empresa debe abonarlos en el finiquito. Las vacaciones suelen generarse a razón de 30 días naturales por año trabajado.
3. Pagas extra no cobradas
Si las pagas extra no están prorrateadas, debes cobrar la parte proporcional generada. Por ejemplo, si tienes dos pagas (junio y diciembre) y te despiden en marzo, te corresponde la parte proporcional desde la última paga.
4. Horas extra o conceptos pendientes
Incluye cualquier cantidad pendiente:
- horas extra no pagadas
- bonus o incentivos devengados
- pluses pendientes

Cómo calcular un finiquito paso a paso
Vamos a verlo con un ejemplo sencillo.
Paso 1: calcular salario diario
Divide tu salario bruto mensual entre 30 días.
Ejemplo:
1.500 € / 30 = 50 € día
Paso 2: calcular días trabajados
Si trabajaste 10 días:
50 € × 10 = 500 €
Paso 3: calcular vacaciones pendientes
Supongamos que tienes 10 días pendientes:
50 € × 10 = 500 €
Paso 4: calcular pagas extra
Si tienes una paga de 1.500 € y han pasado 3 meses:
1.500 € / 12 × 3 = 375 €
Paso 5: sumar todo
500 € (salario) + 500 € (vacaciones) + 375 € (pagas)
= 1.375 € finiquito bruto
A partir de ahí, se aplicarán cotizaciones y retenciones correspondientes.
Calculadora de finiquito
Introduce los datos básicos para obtener una estimación del finiquito bruto: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y paga extra proporcional.
Resultado estimado
Diferencia entre finiquito e indemnización
Este es uno de los errores más habituales.
- Finiquito: cantidades pendientes (siempre se cobra)
- Indemnización: compensación por despido (solo en algunos casos)
Por ejemplo:
- Despido improcedente → sí hay indemnización
- Baja voluntaria → no hay indemnización, pero sí finiquito
Errores frecuentes al calcular el finiquito
A lo largo de los años, hay ciertos errores que se repiten:
- No incluir vacaciones pendientes
- Olvidar pagas extra no prorrateadas
- Calcular mal el salario diario
- No revisar bonus o variables
- Confundir finiquito con indemnización
Por eso, conviene revisar el detalle antes de firmar.
Qué revisar antes de firmar el finiquito
Antes de firmar, es recomendable comprobar:
✔ Días trabajados correctamente calculados
✔ Vacaciones pendientes incluidas
✔ Pagas extra proporcionales
✔ Conceptos variables o incentivos
✔ Retenciones aplicadas
Además, puedes firmar como “no conforme” si tienes dudas sobre el cálculo.
Preguntas frecuentes sobre cómo calcular el finiquito por despido en 2026
¿Cómo se calcula un finiquito por despido?
Se suman las cantidades pendientes: salario del mes en curso, vacaciones no disfrutadas, pagas extra proporcionales y otros conceptos pendientes.
¿El finiquito incluye la indemnización?
No. El finiquito y la indemnización son conceptos distintos.
¿Qué pasa si firmo el finiquito?
Firmar implica que recibes el documento, pero puedes firmar como “no conforme” si no estás de acuerdo con el cálculo.
¿Se descuentan impuestos del finiquito?
Sí. El finiquito está sujeto a cotización y retención de IRPF según corresponda.