Cambio de nombre de un coche en 2026: precio, impuestos y cómo hacerlo con gestoría

Cambio de nombre coche precio: documentación, llave del vehículo y dinero del trámite

Tabla de contenidos

El precio del cambio de nombre de un coche no es una cifra única, y de ahí vienen casi todas las sorpresas. Hay tres partidas obligatorias: la tasa de la DGT, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales que depende de tu comunidad autónoma y del valor fiscal del vehículo, y los honorarios de la gestoría si no quieres hacer el trámite por tu cuenta.

En esta guía tienes el desglose completo, cómo se calcula el impuesto que casi siempre se olvida, los plazos legales que sí tienen multa y la documentación exacta que hay que reunir. Con eso podrás calcular tu coste real antes de cerrar la compraventa.

Cuánto cuesta el cambio de nombre de un coche: las tres partidas

ConceptoImporte orientativoQuién lo cobra
Tasa de la DGT por cambio de titularidadEn torno a 56 € para turismosDirección General de Tráfico
Impuesto sobre Transmisiones PatrimonialesHabitualmente el 4 % del valor fiscalComunidad autónoma
Honorarios de gestoría60 – 120 €Gestoría administrativa

Para un turismo de valor fiscal medio, el coste total suele situarse entre 200 y 400 €. En vehículos antiguos y de poco valor puede quedarse por debajo de 150 €, y en coches de gama alta el impuesto por sí solo puede superar los 1.000 €. Las tasas de la DGT se actualizan periódicamente, así que conviene comprobar el importe vigente antes de presupuestar.

El impuesto que casi siempre se olvida: el ITP

Cuando compras un coche a un particular, la operación tributa por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, y eso significa tres cosas:

  • El tipo aplicable es generalmente del 4 %, pero cada comunidad puede establecer el suyo.
  • La base no es lo que pagaste, sino el valor fiscal del vehículo, calculado a partir de las tablas de precios medios de venta que publica el Ministerio de Hacienda, aplicando el porcentaje de depreciación según los años de uso.
  • Existen reducciones y exenciones en algunas comunidades para vehículos con cierta antigüedad o cilindrada baja, y en otras se aplican cuotas fijas reducidas.

El impuesto se autoliquida con el modelo 620 o 621 según la comunidad, y hay que presentarlo antes de solicitar el cambio de titularidad: la DGT exige el justificante. Si compras a un concesionario o a una empresa, la operación va con IVA y no hay ITP.

Plazos legales y multas

Los plazos son cortos y su incumplimiento sí se sanciona:

  • El comprador dispone de 30 días desde la fecha del contrato de compraventa para solicitar el cambio de titularidad.
  • El vendedor debe notificar la transmisión a la DGT en un plazo de 10 días. Es el trámite más importante para él: mientras el vehículo siga a su nombre, responde de las multas y del impuesto municipal de circulación.
  • La presentación del ITP tiene su propio plazo, habitualmente de 30 días hábiles desde la transmisión, con recargos e intereses si se presenta fuera.

No comunicar la transmisión o no hacer el cambio de nombre en plazo constituye una infracción leve con multa. El riesgo real, sin embargo, es otro: el vendedor sigue apareciendo como titular a efectos de responsabilidad administrativa.

Documentación necesaria para el cambio de titularidad

  • Contrato de compraventa firmado por ambas partes, con datos completos del vehículo.
  • Permiso de circulación y ficha técnica con la ITV en vigor.
  • DNI, NIE o tarjeta de residencia de comprador y vendedor. Si alguna parte es una empresa, escritura y poder de representación.
  • Justificante de pago del ITP o de la exención aplicable.
  • Último recibo del impuesto municipal de circulación pagado, o certificado del ayuntamiento.
  • Justificante de la tasa de la DGT.
  • Autorización o representación a favor de la gestoría, si la contratas.
Cambio de nombre de coche: precio y gestión

Qué comprobar antes de firmar la compraventa

Estas verificaciones cuestan muy poco y evitan problemas que sí son caros:

  • Informe de la DGT del vehículo: comprueba cargas, reservas de dominio, embargos, precintos y si consta como siniestro total.
  • ITV en vigor. Sin ITV vigente no se puede tramitar el cambio de titularidad.
  • Impuesto de circulación al día. Las deudas del IVTM acompañan al vehículo.
  • Coincidencia de bastidor entre el vehículo, la ficha técnica y el permiso de circulación.
  • Sanciones pendientes asociadas al vehículo.
  • Kilometraje y garantía, si la operación es con empresa.

Hacerlo por tu cuenta o con gestoría

El trámite es accesible para un particular a través de la sede electrónica de la DGT o con cita en una jefatura provincial. La gestoría tiene sentido en estos casos:

  • Cuando alguna de las partes no puede desplazarse o no dispone de certificado electrónico.
  • Cuando el vehículo tiene cargas, herencias o cotitularidad que complican el expediente.
  • Cuando la operación implica a una empresa y hay que acreditar representación.
  • Cuando hay que tramitar varios vehículos o gestionar la flota de una empresa.
  • Cuando quieres asegurarte de que el ITP se calcula y presenta correctamente en la comunidad que corresponde.

En una gestoría administrativa se realiza además el cambio de titularidad de forma telemática, lo que evita la espera de cita presencial y permite obtener el permiso de circulación provisional en el momento.

En resumen

El cambio de nombre de un coche cuesta la tasa de la DGT, en torno a 56 € para turismos, más el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, habitualmente el 4 % del valor fiscal del vehículo, más los honorarios de gestoría si la contratas, entre 60 y 120 €. El comprador tiene 30 días para tramitarlo y el vendedor 10 para notificar la venta, y ambos plazos tienen multa.

En Cirera Group tramitamos cambios de titularidad, matriculaciones, duplicados y transferencias de flota de forma telemática, con revisión previa del informe del vehículo y cálculo del impuesto que corresponde a tu comunidad.

Preguntas frecuentes sobre el precio del cambio de nombre

¿Quién paga el cambio de nombre, el comprador o el vendedor?

Por ley, el obligado a solicitar el cambio de titularidad y a pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales es el comprador. El vendedor solo tiene que notificar la transmisión a la DGT, un trámite gratuito. En la práctica el reparto de gastos puede pactarse en el contrato.

¿Se puede cambiar el nombre de un coche sin ITV en vigor?

No. La DGT exige que la inspección técnica esté vigente para tramitar la transferencia. Si ha caducado, hay que pasar la ITV antes, y lo habitual es que la asuma el vendedor o se descuente del precio.

¿Cuánto tarda el cambio de titularidad?

Por vía telemática puede quedar resuelto el mismo día, con entrega inmediata de un permiso de circulación provisional. El permiso definitivo llega por correo en las semanas siguientes.

¿Hay que pagar ITP si compro el coche a un concesionario?

No. Si el vendedor es un empresario o profesional, la operación tributa por IVA, que ya va incluido en el precio de venta, y no procede el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Quizás te interese...

Obligaciones de la empresa ante el calor: qué hacer con una alerta por altas temperaturas

Nuevos plazos de la Seguridad Social desde agosto de 2026: bajas, código CNO y aplazamientos

Modelo 303: qué es, cómo se rellena y plazos de presentación