El Impuesto sobre Sociedades es uno de los tributos clave para cualquier empresa. Aun así, muchas veces se sigue viendo como “lo que se presenta en julio”, cuando en realidad se prepara durante todo el ejercicio: en cómo se registran los gastos, en qué decisiones toma la empresa, en si se revisan bien los incentivos fiscales y en cómo se llega al cierre contable.
Además, cuando se acerca el momento de presentar el Modelo 200, muchas empresas se centran solo en cumplir el plazo. Sin embargo, presentar no siempre significa revisar bien. Y ahí es donde suelen aparecer errores, omisiones o ineficiencias que hacen que la empresa tribute peor de lo que debería.
En Cirera Group somos una asesoría especializada en fiscalidad y empresa, y ayudamos precisamente a revisar el Impuesto sobre Sociedades con una visión práctica: no solo para presentar el modelo correctamente, sino para que la empresa entienda qué está pagando, por qué lo paga y qué conviene revisar antes del cierre.
Qué es el Impuesto sobre Sociedades
El Impuesto sobre Sociedades es el impuesto que grava la renta obtenida por las personas jurídicas y otras entidades sujetas a este tributo. En la práctica, es el impuesto que pagan la mayoría de sociedades por el beneficio generado durante el ejercicio.
Dicho de forma sencilla: si una empresa obtiene resultado positivo, ese beneficio tributa en Sociedades, aunque el cálculo final no dependa solo del resultado contable, sino también de ajustes fiscales, gastos no deducibles, compensación de bases negativas, incentivos y deducciones.
Quién tiene que presentar el Impuesto sobre Sociedades
En términos generales, tienen que presentar el impuesto la mayoría de sociedades mercantiles y otras entidades sujetas al tributo. No obstante, no todas tributan igual ni todas aplican el mismo tipo de gravamen. Por eso, uno de los primeros pasos siempre es comprobar qué régimen y qué tipo corresponden realmente a la empresa.

Cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades
A nivel práctico, el impuesto no se calcula simplemente aplicando un porcentaje sobre el beneficio contable. El proceso real suele seguir esta lógica:
Esquema básico del cálculo
| Paso | Qué se revisa |
|---|---|
| 1 | Resultado contable del ejercicio |
| 2 | Ajustes fiscales positivos y negativos |
| 3 | Base imponible |
| 4 | Compensación de bases imponibles negativas, si procede |
| 5 | Aplicación del tipo de gravamen |
| 6 | Deducciones, bonificaciones o incentivos fiscales |
| 7 | Cuota final a ingresar o devolver |
En otras palabras, el beneficio contable es el punto de partida, pero no el resultado definitivo. Por eso, una empresa puede tener una cuenta de resultados aparentemente clara y, aun así, llegar al impuesto con un resultado fiscal distinto.
Qué tipo de gravamen se aplica
Este es uno de los puntos que más conviene revisar porque no todas las empresas aplican el mismo tipo.
Para periodos iniciados en 2026, el tipo general sigue siendo del 25%. Además, las micropymes con importe neto de cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros tienen un régimen transitorio con escala reducida, y las entidades de reducida dimensión también aplican tipo reducido transitorio respecto al general.
Resumen orientativo de tipos en 2026
| Tipo de entidad | Tipo aplicable |
|---|---|
| Tipo general | 25% |
| Micropymes (INCN < 1.000.000 €) | 19% hasta 50.000 € de base imponible y 21% sobre el resto |
| Entidades de reducida dimensión | 23% |
Este punto es importante porque muchas empresas siguen pensando en Sociedades como un impuesto “siempre al 25%”, y no siempre es así.
Qué son las entidades de reducida dimensión y por qué importa revisarlo
Las empresas con una cifra de negocios inferior a determinados umbrales pueden acceder a incentivos fiscales específicos. Esto afecta no solo al tipo, sino también a otras ventajas fiscales relacionadas con amortizaciones o reservas, entre otras. La propia estructura del impuesto distingue claramente este bloque dentro de los beneficios fiscales.
Por eso, antes de presentar el impuesto conviene preguntarse:
- ¿la empresa sigue encajando en este régimen?
- ¿se ha revisado este punto o simplemente se ha arrastrado del año anterior?
- ¿se están aplicando bien los incentivos disponibles?
Qué gastos suelen dar problemas en Sociedades
Uno de los errores más habituales está en el tratamiento de los gastos.
No todos los gastos contables son fiscalmente deducibles, y ahí suelen aparecer bastantes ajustes. La Ley del Impuesto sobre Sociedades recoge expresamente varias categorías de gastos no deducibles, por lo que no basta con que estén contabilizados para que reduzcan la base imponible.
Señales de alerta con los gastos
| Situación | Qué conviene revisar |
|---|---|
| Gastos “en duda” todos los años | Falta de criterio fiscal claro |
| Gastos de socios o administradores mal documentados | Posible ajuste fiscal |
| Gastos contabilizados automáticamente | Riesgo de deducción incorrecta |
| Falta de soporte documental | Riesgo ante revisión |
Aquí lo importante no es deducir más por sistema, sino deducir bien.
Qué beneficios fiscales conviene revisar
Más allá del tipo de gravamen, una de las partes más importantes del impuesto es la revisión de deducciones y beneficios fiscales. Aquí muchas empresas dejan dinero encima de la mesa simplemente porque nadie revisa si pueden aplicar algo más allá del cálculo básico.
Entre los bloques que conviene revisar están:
- incentivos para entidades de reducida dimensión
- deducciones para incentivar determinadas actividades
- determinados regímenes especiales o territoriales
- reserva de capitalización
- y, según el caso, medidas temporales que puedan seguir vigentes en el ejercicio
La Agencia Tributaria agrupa estas materias en un apartado específico de deducciones y beneficios fiscales y también recoge novedades normativas recientes, como cambios ligados a la libertad de amortización en inversiones con energía procedente de fuentes renovables.
Qué revisar antes del cierre del ejercicio
Si una empresa quiere preparar bien el Impuesto sobre Sociedades, lo ideal es no esperar a julio. Hay varias áreas que conviene revisar antes:
Checklist práctico antes del cierre
| Punto a revisar | Qué deberías comprobar |
|---|---|
| Tipo de gravamen | Si la empresa aplica el que realmente le corresponde |
| Gastos | Si están bien clasificados y documentados |
| Incentivos fiscales | Si existe alguna deducción o beneficio aplicable |
| Socios y administradores | Si su tratamiento está bien planteado |
| Estructura de la empresa | Si sigue encajando con la realidad actual del negocio |
| Cierre contable | Si está preparado con tiempo y no “para última hora” |
Esta revisión previa suele marcar mucha diferencia, porque permite detectar ineficiencias antes de que ya sea demasiado tarde para corregir criterios.
Modelo 200: qué es y cuándo se presenta
El Modelo 200 es la declaración del Impuesto sobre Sociedades para la mayoría de entidades. La Agencia Tributaria mantiene habilitado el entorno específico de gestión, presentación, consulta y rectificación del modelo.
En términos generales, la presentación se realiza en julio para ejercicios coincidentes con el año natural, aunque lo importante no es solo el plazo, sino llegar a ese momento con la revisión fiscal ya bien trabajada.
Qué suele fallar al preparar el Modelo 200
En la práctica, estos son algunos de los errores más frecuentes:
- dejar la revisión fiscal para el final
- asumir que el tipo aplicable es el mismo de siempre
- no revisar incentivos fiscales
- no diferenciar bien entre gasto contable y gasto fiscalmente deducible
- no comprobar si hace falta información adicional sobre ajustes o deducciones
- confiar en que “como el año pasado se hizo así, este también”
Precisamente por eso, la preparación del Modelo 200 debería verse más como una revisión de la fiscalidad de la empresa que como un simple trámite anual.
Qué documentación o información conviene tener preparada
No hace falta hacer una lista infinita, pero sí conviene llegar al impuesto con una base bien ordenada:
- cierre contable del ejercicio
- detalle de gastos que puedan requerir revisión
- información sobre socios y administradores
- posibles inversiones o actividades con impacto fiscal
- bases negativas pendientes, si existen
- documentación de incentivos o deducciones, cuando corresponda
Además, en determinados supuestos la AEAT exige presentar un formulario de información adicional de ajustes y deducciones antes del Modelo 200, por lo que este punto conviene revisarlo con tiempo.
Cómo saber si tu empresa está tributando bien
Una buena forma de plantearlo es hacerse estas preguntas:
Mini auditoría rápida
| Pregunta | Sí | No | Revisar |
|---|---|---|---|
| ¿Se ha revisado este año el tipo de gravamen aplicable? | |||
| ¿Hay gastos que generan dudas o ajustes cada ejercicio? | |||
| ¿Se han analizado incentivos fiscales disponibles? | |||
| ¿La estructura de la empresa sigue encajando fiscalmente? | |||
| ¿El cierre se está preparando con tiempo? |
Si en varias casillas aparece el “revisar”, seguramente hay margen para mejorar cómo se está afrontando el impuesto.
En resumen
El Impuesto sobre Sociedades no debería prepararse solo cuando toca presentar el Modelo 200. Para hacerlo bien, conviene revisar antes el tipo aplicable, el tratamiento de gastos, los beneficios fiscales, la situación de la empresa y la calidad del cierre contable. Solo así se evita convertir julio en una carrera de última hora.
En Cirera Group ayudamos a empresas a revisar precisamente esa parte: no solo a presentar el impuesto, sino a analizar si la tributación está bien planteada y si el cierre del ejercicio llega con el nivel de orden que una empresa necesita para decidir con criterio.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
Es el impuesto que grava la renta obtenida por sociedades y otras entidades sujetas a este tributo.
¿Qué tipo se aplica en el Impuesto sobre Sociedades?
Depende del tipo de entidad. El tipo general es del 25%, pero en 2026 existen tipos reducidos transitorios para micropymes y entidades de reducida dimensión.
¿Qué es el Modelo 200?
Es la declaración del Impuesto sobre Sociedades para la mayoría de empresas y entidades sujetas al impuesto.
¿Qué beneficios fiscales conviene revisar?
Conviene revisar, entre otros, los incentivos para entidades de reducida dimensión, ciertas deducciones por actividades y la reserva de capitalización.
¿Por qué no conviene dejarlo todo para julio?
Porque muchas decisiones con impacto fiscal deben revisarse antes del cierre del ejercicio; si se hace demasiado tarde, el margen de maniobra se reduce mucho.